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Preguntas Frecuentes

Estos son los complementos que puedes contratar para este convenio

Son cnvenios adicionales al sistema previsional (ISAPRE O FONASA) que otorgan coberturas a los copagos, es decir a lo que paga el Beneficiario en el prestador de salud, después haber obtenido bonificación de su previsión. Nuestros convenios de Salud tienen la finalidad de reducir al máximo ese costo.

Esto va a depender de las necesidades de cobertura, por ejemplo, hospitalarias, este convenio ayudará a enfrentar eventos de alto costo o tratamientos de enfermedades que puedan generar un gran impacto en el bolsillo (copago), teniendo por finalidad que este sea lo menos posible e inclusive $0. Por otro lado, si las necesidades son ambulatorias, tenemos ccnvenios para enfrentar urgencias o descuentos en exámenes de imágenes y laboratorio, diseñados principalmente para quienes tengan baja cobertura previsional o que no cuenten con un seguro complementario de salud.

Es el dinero que debe pagar el Beneficiario luego de aplicar la bonificación de su sistema previsional (ISAPRE O FONASA), seguros complementarios si es que tiene, en pocas palabras, es lo que sale del bolsillo al momento de pagar una prestación.

Es cuando un paciente requiere pernoctar en el centro hospitalario ya sea por estar en observación o para realizarse algún tipo de cirugías.

Son tipos de atenciones que no requieren de una hospitalización, por ejemplo: atenciones de urgencias, donde el paciente acude para obtener asistencia, lo estabilizan y dan su alta médica, otro ejemplo son los exámenes de imágenes y laboratorio o consultas médicas.

Carencia es el período inicial durante el cual el Beneficiario aún no tiene derecho a percibir las prestaciones y/o los beneficios convenidos en el contrato. Los productos hospitalarios cuentan con carencia desde 60 días y los ambulatorios desde 5 días.

Es la suma de dinero que debe pagar el Beneficiario para acceder a los beneficios del convenio contratado. Es importante considerar que no todos nuestros convenios tienen deducible, sólo los hospitalarios y éstos se pagan sólo si ocurre un evento, si éste no ocurre, el beneficiario sólo es responsable de pagar la mensualidad del convenio para que éste se mantenga vigente. El deducible se paga por evento o cada dos años, sin límite de eventos durante ese período de dos años. La modalidad de pago del deducible va depender del tipo de convenio contratado ( cada Beneficiario lo elige dependiendo de sus propias necesidades).

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