UC CHRISTUS > Ley de atención preferente

La atención preferente aplica tanto en servicios ambulatorios como en servicios de urgencia.
Todas las prestaciones que requieren agendamiento previo, consultas médicas y no médicas, primera evaluación de kinesiología, procedimientos diagnósticos y terapéuticos, entre otros, cuentan con un porcentaje de cupos exclusivos para personas mayores de 60 años, personas con discapacidad y cuidadores o cuidadoras, que varía según la especialidad.
El acceso a estos cupos se obtiene a través de todos los canales formales de agendamiento de UC CHRISTUS: sitio web, Call Center o de manera presencial.
Al presentarse en el Centro Médico, las personas con atención preferente acceden de forma automática en las recepciones que cuentan con sistema ordenador de fila electrónico.
Completa el formulario con tus datos y nos pondremos en contacto contigo para orientarte sobre el proceso de inscripción y entregarte la información necesaria.

| Perfil | ¿Requiere trámite? | ¿Cómo se acredita? |
|---|---|---|
| Mayores de 60 años | No | Acceso automático al cumplir la edad |
| Personas con discapacidad | Si, una vez | Formulario de inscripción + certificado del Registro Civil o COMPIN |
| Cuidadores/as | Por confirmar | Por confirmar |