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Atención Preferente

Ley de Atención Preferente para persona mayor de 60 años y personas en situación de discapacidad

Todas aquellas personas mayores de 60 años, o aquellas en situación de discapacidad, tienen derecho a ser atendidas de manera preferente por el prestador de salud. Esto implica un acceso diferenciado a prestaciones que incluyan consultas de salud, toma de exámenes y procedimientos médicos.

La Atención Preferente se considera tanto para servicios ambulatorios como para servicios de urgencia. Todas las prestaciones que requieren agendamiento previo (consultas médicas y no médicas, primera evaluación de kinesiología, procedimientos diagnósticos y terapéuticos, entre otros), cuentan con un porcentaje de cupos ofrecidos de manera exclusiva para las personas mayores de 60 años o con discapacidad, que varía dependiendo de la especialidad.

La forma de acceder a los cupos preferentes es a través de todos los canales formales de agendamiento de la Red de Salud UC CHRISTUS (sitio web, Call Center o de manera presencial), los pacientes tendrán acceso a estos cupos de manera automática al cumplir 60 años (no es necesario otra inscripción o trámite), en el caso de los pacientes con discapacidad deberán acreditar por una única vez en el formulario adjunto.

Al momento de presentarse en el Centro Médico, las personas con atención prioritaria tendrán acceso preferente de manera automática, en las recepciones que cuenten con un sistema ordenador de fila electrónico.

Formulario Inscripción certificado de discapacidad

¿Qué documentos debo presentar para acceder a la Atención Preferente?

 

Mayores de 60 años

1.- Cédula de Identidad o Pasaporte, sólo en el caso de pacientes nuevos, para pacientes antiguos la categorización y acceso a cupos preferentes es automática al cumplir 60 años.

Personas con discapacidad

1.- Credencial o certificado vigente emitido por el Registro Civil

2.- De manera excepcional, se aceptará comprobante de inicio del proceso de calificación y certificación de discapacidad, válidamente emitido por la COMPIN con una vigencia máxima de 60 días

3.- Completar el siguiente formulario adjuntando certificados que acrediten discapacidad, luego de recibir confirmación de esta inscripción tendrá acceso automático a los cupos preferentes, gestor de fila y atención en urgencia según procedimiento definido

4.- Siempre podrá acreditar presencialmente con la Credencial o Certificado vigente

UBICACIONES

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