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El Comité de Ética Asistencial (CEA) de la Red de Salud UC CHRISTUS es un órgano colegiado de carácter consultivo e interdisciplinario, creado para analizar y asesorar en conflictos éticos que se susciten como consecuencia de la atención de salud, para contribuir a mejorar la calidad de la atención y proteger los derechos de las personas en relación con ella.

Actualmente lo integran 9 profesionales: 5 médicos, 1 abogado, 1 psicóloga, 1 kinesiólogo y 1 asistente social como representante de la comunidad.

- Srta. Ana María Álvarez Toro, Asistente Social, representante de la comunidad.

- Dra. Marisa Bustos Carrasco, Médico Oncóloga.

- Dra. Gloria Durán Saavedra, Médico Genetista, Magíster en Bioética.

- Sr. Christian Labra Manríquez, Kinesiólogo, Magíster en Administración en Salud.

- Sra. Paulina Ramos Vergara, Abogado, Doctora en Derecho.

- Sra. Bernardita Reyes Morán, Psicóloga, Magíster en Psicología de la Salud.

- Dra. Paulina Taboada Rodríguez, Médico Internista, Doctora en Filosofía.

Dr. Matías Luco Illanes, Médico Neonatólogo, secretario del CEA.

Dr. Iván Pérez Hernández, Médico Internista, Magíster en Bioética, presidente del CEA.

 

Son funciones del CEA:

- Asesorar a pacientes y a integrantes del equipo de salud en el proceso de toma de decisiones cuando surge un problema ético-clínico.

- Promover el respeto a la dignidad, autonomía e intimidad de las personas que intervienen en la relación clínica.

- Proponer a la Dirección Médica de la Red protocolos y orientaciones de actuación de carácter preventivo para enfrentar situaciones en las que puedan surgir problemas ético-clínicos.

- Contribuir a la formación en bioética de sus propios integrantes y de toda la comunidad asistencial. 

 

No son funciones del CEA:

- Proponer sanciones y adoptar decisiones de carácter resolutivo.

- Actuar como tribunal de ética sobre la conducta de los prestadores individuales.

- Reemplazar la decisión clínica del profesional tratante o asumir la responsabilidad de quien ha solicitado su asesoramiento.

- Sustituir las funciones y competencias de los comités ético-científicos.

- Efectuar auditorías a las actuaciones de los profesionales de la salud.

 

Se debe consultar al CEA en las siguientes situaciones:

- Cuando el médico tratante tiene dudas sobre la capacidad del paciente para tomar una decisión de forma autónoma. Esta medida se adopta una vez que el profesional haya realizado una evaluación clínica integral, en donde los resultados no permitan aclarar las dudas.

- En aquellos casos en que se estime que la decisión manifestada por la persona o su representante legal la expone a graves daños a su salud o a riesgo de morir, siendo evitable al seguir con los tratamientos indicados. Además, el profesional debe agotar todas las instancias de información que permitan al paciente lograr una decisión autónoma.

- En el caso de una posible aplicación de alta forzosa por parte de la Dirección de la Clínica, a propuesta del profesional tratante, cuando la persona expresa su voluntad de no ser tratada, de interrumpir el tratamiento o se negara a cumplir las prescripciones del profesional tratante.

- En el caso de personas con discapacidad psíquica o intelectual que no se encuentren en condiciones de manifestar su voluntad ante la posible indicación y aplicación de tratamientos invasivos de carácter irreversible.

Asimismo, los profesionales tratantes podrán solicitar la opinión del CEA si la insistencia en la indicación de los tratamientos o la limitación del esfuerzo terapéutico son rechazadas por el paciente o sus representantes legales.

 

 

¿Quién puede consultar al CEA?

Cualquier integrante del equipo de salud (médicos y otros profesionales), pacientes y sus
familiares o representantes legales.

¿Cómo consultar al CEA?

Enviando un email a etica.asistencial@med.puc.cl

Llamando al 2 2354 3102 (Dirección Médica Hospital Clínico)

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